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La compra de sentencias le ofrece la oportunidad de obtener liquidez inmediata

Publicado por: Conactivos
Compra de sentencias

Normatividad reciente busca establecer acuerdos de pago sobre las sentencias en mora, con algunas condiciones que ni siquiera pueden aclarar las Entidades.

Compra de sentencias

La compra de sentencias

El Decreto 642 del 11 de mayo de 2020, que reglamenta el artículo 53 del PND, establece las directrices para que las entidades estatales agilicen el trámite de reconocimiento como deuda pública de las sentencias judiciales, que se adeudan a beneficiarios que llevan esperando durante años la reparación económica que les corresponde por haber sido víctimas por omisión o acción del Estado colombiano, y que no han recibido el dinero por estar sometidos al mecanismo netamente estatal y no haberse decidido por otras vías legales como es la compra de sentencias. 

Hay que tener en cuenta, que como lo menciona el artículo 53 de la Ley 1955 de 2019: “La responsabilidad por el pago de las obligaciones es EXCLUSIVAMENTE de la entidad” y el Gobierno Nacional sólo ejercerá como actor regulador. Dichos pagos también dependen de que, como lo menciona el mismo artículo: “Las entidades estatales serán las responsables de cargar la debida información de los beneficiarios finales en el SIIF Nación (Sistema Integrado de Información Financiera)”. 

Lo anterior quiere decir que es cierto que el Decreto 642 del 11 de mayo de 2020, indica que se debe reconocer y agilizar los procesos para pagar como deuda pública las sentencias y conciliaciones en mora que estén registradas al 25 de mayo de 2019, pero se debe considerar que también depende de la disposición y eficiencia que tenga cada una de las entidades encargadas para ponerse al día. 

Beneficios de agilizar el pago con Conactivos

Si bien no desconocemos la voluntad que tiene el Estado de cumplir con los pagos correspondientes a los beneficiarios, debemos mencionar que hay una serie de condiciones que pueden dilatar el proceso de pago y no ser tan rápido como necesitan las personas, sobre todo en este momento de crisis económica por el que está pasando el país a causa de la propagación del coronavirus, la pandemia que ha desestabilizado la economía de los colombianos. 

Por ejemplo, dan como fecha máxima el 31 de diciembre de 2020 para que la entidad estatal correspondiente reciba las aceptaciones para realizar acuerdos de pago, esto quiere decir que el desembolso del dinero pasaría al siguiente año. En el caso de la compra de sentencias que gestiona Conactivos, los beneficiarios pueden recibir dicho pago antes de finalizar este 2020, pues la máxima espera es de tres meses, si la documentación necesaria se tiene a disposición. 

También hay que tener en cuenta que para acceder a los acuerdos de pago se deberá aceptar la suspensión de intereses durante los cinco (5) meses siguientes a la fecha de suscripción del acuerdo de pago, refiriéndose a los intereses moratorios que la Corte Constitucional ha definido como “aquellos que se pagan para el resarcimiento tarifado o indemnización de los perjuicios que padece el acreedor por no tener consigo el dinero en la oportunidad debida”.

Esto significa que además de que se posterga el pago de la deuda, los beneficiarios no recibirán intereses durante los meses acordados y que antes estaban estipulados como obligatorios. Este es otro punto que confirma que la compra de sentencias es la solución más efectiva para culminar este proceso, en lo que tiene que ver con las sentencias que pueden ser sujeto de acuerdos de pago. 

Recordemos qué es la compra de sentencias

Es la solución más rápida, efectiva y legal que tienen actualmente los beneficiarios de providencias judiciales ejecutoriadas contra entidades públicas colombianas, y que se realiza por medio de la cesión de los créditos de dichas sentencias judiciales, con algunos descuentos que dependen de diferentes factores como es el monto de la sentencia, pero que, en todo caso, su resultado es un pago oportuno que pueden disfrutar las personas en lo que más necesiten. 

En conclusión, la compra de sentencias es la vía que permite a los beneficiarios recibir de forma anticipada el pago del dinero por ser víctimas del Estado, con la tranquilidad de dejar atrás los trámites administrativos y judiciales, porque en manos de Conactivos hay certeza sobre la fecha en que podrán disfrutar su dinero. 

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