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¿Qué debo hacer si el nombre que figura en la sentencia no es el mismo de mi cédula?

Compra de Sentencias

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Conactivos S.A.S a través de la compra de sentencias ofrece a los beneficiarios y a los apoderados la posibilidad de obtener los recursos que les fueron reconocidos en una sentencia y/o conciliación de manera ágil y segura

Comenzaremos por indicar que Conactivos S.A.S en razón al cumplimiento de su propósito social y empresarial pretende prestar siempre el mejor servicio y asesoramiento jurídico a través de sus abogadas comerciales, profesionales que desempeñan una labor oportuna y diligente a los beneficiarios y apoderados durante el proceso de compra de sentencias, facilitándole los tramites y la elaboración de peticiones elevadas directamente a los despachos judiciales, lo anterior en procura de la obtención de los recursos en el menor tiempo posible.

En relación con el cuestionamiento planteado tenemos que una vez se identifique una contrariedad entre la parte resolutiva de la sentencia y/o conciliación judicial y la información personal contenida en su cédula de ciudadanía usted deberá solicitar directamente al despacho judicial la corrección del aparte a través de una petición.  Para el caso que nos atañe cuando se trata de errores formales como los aritméticos o errores por omisión, cambio de palabras o alteraciones de esta, que igualmente se encuentren en la parte resolutiva o influyan en ellas se deberá aplicar lo descrito en el artículo 286 del Código General del Proceso, según reza: 

(…)

‘‘ARTÍCULO 286. CORRECCIÓN DE ERRORES ARITMÉTICOS Y OTROS. Toda providencia en que se haya incurrido en error puramente aritmético puede ser corregida por el juez que la dictó en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte, mediante auto. Si la corrección se hiciere luego de terminado el proceso, el auto se notificará por aviso. Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplica a los casos de error por omisión o cambio de palabras o alteración de estas, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella.’’

En relación con lo descrito en el artículo se ha precisado que la corrección de este tipo de errores de las providencias tiene un alcance restrictivo y limitado, pues no puede ser utilizada para alterar el sentido y alcance de la decisión mediante una nueva evaluación probatoria, la aplicación de fundamentos jurídicos distintos o con inobservancia de aquellos que sirvieron de sustento a la providencia.

De manera que en ninguna circunstancia la corrección de sentencias puede dar lugar a reabrir el debate jurídico de fondo que tuvo lugar en el fallo.

Lo anterior, porque de acuerdo con el principio de seguridad jurídica, la sentencia es inmodificable por el mismo juez que dictó, quien una vez profiere la decisión judicial pierde la competencia respecto del asunto por él resuelto, careciendo de la facultad de revocarla, reformarla, quedando revestido sólo, de manera excepcional, de la facultad de aclararla, corregirla y adicionarla en los precisos términos de lo consagrado en los artículos 285, 286 y 287 del Código General de Proceso.

Ahora bien, en relación con el procedimiento que se debe seguir para solicitar la corrección del nombre en una sentencia o conciliación judicial, debe iniciar con la elaboración de un memorial dirigido al mismo Juez que emitió la decisión. En este escrito se deben identificar las partes del proceso, el despacho que emitió la resolución, el número de radicación y el tipo de proceso o medio de control.

El peticionario tendrá que transcribir el fragmento, es decir el nombre del beneficiario, sobre el cual se solicita la corrección e indicar expresamente si presentaron errores aritméticos, errores por omisión, cambio o alteración en la providencia judicial. Posteriormente se deberá señalar de qué manera se pretende la modificar la sentencia, citar la norma en la cual se fundamente la petición y finalmente anexar los documentos pertinentes si el caso lo requiere. 

En virtud de lo manifestado anteriormente Conactivos SAS, es la mejor elección para efectuar el proceso de compra de sentencias  dado que nuestra empresa presta un asesoramiento basado en la experiencia a los beneficiarios y abogados con procesos modernos, ágiles y seguros ejecutados por profesionales enfocadas en prestar el mejor servicio dentro estándares y valores que han posicionado a Conactivos S.A.S. en el sector.

La compra de sentencias es una solución conveniente para quienes  han sido víctimas del Estado y se les ha reconocido bajo el modelo de compensación económica, es por esto que Conactivos S.A.S.no ha parado de gestionar la compra de sentencias y conciliaciones de reparación directa contra entidades de orden nacional, con el fin de permitir que beneficiarios y apoderados de estas, puedan disfrutar de liquidez sin tener que esperar hasta que el Estado pueda finalmente hacer el pago. Cabe resaltar que los beneficiarios y apoderados de las sentencias tienen la opción de vender los derechos económicos contenidos en sus sentencias. 

Visite nuestra página de Facebook en el siguiente enlace https://www.facebook.com/conactivos y también nuestro canal de YouTube aquí https://www.youtube.com/channel/UChoRi8v1GB-ORfdogIR4lSg

Si está interesado en el proceso de compra de sentencias puede comunicarse con nuestras líneas telefónicas 3541552 318 328 3813 para obtener una completa asesoría por parte de nuestras profesionales. 

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