En la búsqueda de un pago más rápido, los beneficiarios pueden acceder a la opción de compra de sentencias y evitar los trámites engorrosos.
Con relación a la compra de sentencias, para este 2020 se ha definido que debe ser mayor el número de personas que reciban el pago de sentencias de reparación directa en Colombia, y por esta razón, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 642 que busca agilizar procesos, como una forma más rápida de pagar estas deudas. Sin embargo, la compra de sentencias sigue siendo el método más efectivo para acceder al dinero en corto tiempo.
El punto interesante y más atractivo para los beneficiados, está en el Artículo 4° del Decreto No. 642 del 11 de mayo de 2020, que afirma: «Por el cual se reglamenta el artículo 53 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en lo relacionado con las gestiones que deben adelantar las entidades que hagan parte del Presupuesto General de la Nación para el reconocimiento como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora».
Sin embargo, se sigue manteniendo la premisa de que la orden de pago se realizará una vez llegue el turno del beneficiario, después de realizar el acuerdo entre las dos partes, y siempre que exista la asignación presupuestal pertinente a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como lo dice el Decreto 0768 de 1993, modificado por el Decreto 818 de 1994. Por esta razón, sigue siendo una solución más efectiva la compra de sentencias, teniendo en cuenta que podrían haber vacíos o falencias como son los calendarios distintos y más o menos recursos por entidad para agilizar estas deudas en mora, siendo factores que podrían seguir aplazando los pagos.
Por ejemplo, como lo informan en sus medios digitales, la Fiscalía General de la Nación afirma que sus acuerdos de pago serán realizados entre el 01 de agosto y el 15 de diciembre de 2020; y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial (Rama Judicial), estará recibiendo la manifestación de interés de realizar acuerdo de pago con esta entidad desde el 15 de junio al 30 de julio de 2020.
Estos son solo dos muestras de varias de las entidades estatales que están atrasadas con deudas de estas sentencias y conciliaciones, que se saturarán con la cantidad de solicitudes de pago atrasadas, pero en donde sus beneficiarios siguen teniendo una salida bajo el modelo de la compra de sentencias.
No espere a que el Estado realice el pago, accede a la compra de sentencias
Obtener pronto los recursos provenientes de las reparaciones directas y reducir al máximo la demora de las entidades del Estado en los pagos, es la solución que da Conactivos con la compra de sentencias que están debidamente ejecutoriadas y con cuenta de cobro presentada.
Si las sentencias se encuentran entre cincuenta y diez mil millones de pesos, es un rango viable para que se haga la compra de sentencias y se entregue el dinero al beneficiario en un máximo de tres meses, desde el momento en que Conactivos haya recibido los documentos necesarios para empezar el proceso.
El modelo de compra de sentencias aplicado al Decreto 642 y que busca agilizar el pago de las sentencias y conciliaciones en mora, son la alternativa más efectiva para que en poco tiempo puedan aprovechar los recursos económicos que les corresponden a muchos colombianos como parte de la reparación por haber sido víctimas del Estado.
Conactivos, ofrece por medio de la compra de sentencias, el desembolso del dinero en un tiempo máximo de tres meses (para las sentencias que ya están aprobadas). Nuestra trayectoria en este campo, le ha asegurado una mejor calidad de vida a más de 500 familias colombianas quienes han recibido un monto aproximado de 60 mil millones de pesos, que han significado dar por terminado un largo proceso que veían lejos de poder cerrar y poder disfrutar este dinero cuando más se necesita.
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