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¿Si recibo el dinero producto de la compra de sentencia de reparación directa debo declarar renta?

Publicado por: Conactivos
compra de sentencias

Compra de sentencias.

compra de sentencias

Cada año como lo solicita el estado colombiano, las personas jurídicas y naturales deben declarar renta. Dicho proceso le exige a ciertas personas de la población, de acuerdo con sus ganancias anuales, que muestren ante el estado y paguen lo correspondiente por determinados ingresos. A pesar de ser un tema que anualmente es recurrente, muchos ciudadanos aún desconocen de qué se trata la declaración de renta, que deben hacer y si son candidatos para presentar dicho impuesto. 

En Conactivos sabemos que muchos de nuestros clientes de compra de sentencias de reparación directa, aún no tienen muy claro si ellos también están dentro del grupo de personas que deben presentar declaración de renta, por eso les contaremos de qué se trata y en qué casos aplica dicho gravamen. 

¿Qué es un impuesto de renta?

El impuesto sobre la renta se aplica a la suma de todos los ingresos que obtenga un ciudadano o contribuyente durante un año, este incremento en el patrimonio puede ser generado por personas naturales o jurídicas (empresas, comerciantes, etc.) Estos ingresos se tienen en cuenta, ya que son susceptibles de generar riqueza igual cabe destacar que existen ingresos que no son susceptibles de generar riqueza, por lo tanto son clasificados como ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. Vale la pena recordar que la indemnización por concepto de compra de sentencias de reparación directa, puede ser gravada como ganancia ocasional.

¿A qué se refiere el término ganancia ocasional? 

Las ganancias ocasionales son todos aquellos ingresos que tiene una persona de forma esporádica y extraordinaria, es decir, la venta de un bien o como es el caso de nuestros clientes el dinero recibido por la compra de sentencias de reparación directa

Tenga en cuenta que si ese dinero recibido de la compra de sentencia de reparación, pasa del monto anual que pone el estado, usted deberá presentarle a su contador o revisor fiscal, los documentos de dicho proceso, como lo mencionamos anteriormente. 

¿Qué documentos debo presentar para la declaración de mi renta?

Para declarar renta debe presentar documentos que evidencien sus activos, pasivos, gastos y rentas exentas. Para el caso de activos usted debe tener: 

  • Extractos bancarios 
  • Recibo de pago del impuesto predial. recuerde que sólo aplica si usted tiene propiedades a su nombre 
  • Factura de compra de vehículo (Sólo si aplica)
  • Recibo de pago de impuesto de vehículos (sólo si aplica)
  • Certificado de inversiones 
  • Anexo de declaración anterior 

Para el caso de pasivos, si usted adquirió una deuda con una entidad bancaria, lo único que debe presentar es un certificado bancario, ahora bien, si usted tiene alguna deuda con una persona natural, debe tener un documento como un pagaré o una letra, donde quede en evidencia el pasivo. 

Para el caso de rentas exentas debe anexar: 

  • Planilla de aportes a seguridad social.
  • Certificado de aportes voluntarios a pensión.
  • Certificado de ingresos y retenciones.
  • Certificados de retención de las entidades financieras.

Ahora bien, en el caso de los dineros obtenidos por la compra de sentencias de reparación directa, el ciudadano lo que hace en estos casos es que cede su sentencia a una entidad como Conactivos, para hacer dicho proceso, el beneficiario debe entregar: 

  • La sentencia judicial.
  • Contrato de cesión.
  • Liquidación con el valor estipulado.
  • Factura emitida en este caso por Conactivos.

Estos documentos deben ser entregados al contador que esté llevando su proceso de Declaración de Renta. 

Tenga en cuenta que las normas tributarias tienen modificaciones todo el tiempo y que se avecina una reforma de la cual no tenemos certeza aún, entonces esta información puede servir para este año 2022, pero no somos responsables de los detalles de fondo de cada persona al momento de declarar renta ni de los cambios que se puedan presentar en la información suministrada.
Para conocer más sobre la compra de sentencias visite nuestra página de Facebook en el siguiente enlace https://www.facebook.com/conactivos y también nuestro canal de YouTube aquí https://www.youtube.com/channel/UChoRi8v1GB-ORfdogIR4lSg

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Si está interesado en el proceso de compra de sentencias puede comunicarse con nuestras líneas telefónicas 3541552 318 328 3813 para obtener una completa asesoría por parte de nuestras profesionales.

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