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¿Por qué los beneficiarios y apoderados deben permanecer sin deudas con la DIAN al vender una sentencia?

Publicado por: Conactivos
compra de sentencias

Compra de sentencias

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Conactivos S.A.S a través de la compra de sentencias ofrece a los beneficiarios la posibilidad de obtener los recursos que les fueron reconocidos en una sentencia y/o conciliación de manera rápida y anticipada.

En primer lugar, es preciso señalar que la autoridad tributaria encargada del recaudo de los impuestos en Colombia es la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN; y pese a que su sede principal se encuentra ubicada en Bogotá D.C., la DIAN tiene jurisdicción para ejercer sus funciones en todo el territorio nacional. En Conactivos S.A.S entendemos las necesidades de las víctimas y es por ellos que brindamos beneficios y soluciones oportunas de liquidez a quienes se encuentran al día con sus obligaciones tributarias.

La DIAN, es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda, establecida como una Unidad Administrativa Especial, mediante Decreto 2117 de 1992, mediante el cual se fusionaron la Dirección de Impuestos Nacionales (DIN) con la Dirección de Aduanas Nacionales (DAN). El objetivo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es ayudar a garantizar la seguridad fiscal del Estado colombiano y proteger el orden económico público nacional, para lo cual se encarga de administrar y controlar las obligaciones tributarias, aduaneras, cambiarias, los derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar explotados por entidades públicas del nivel nacional y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

En virtud, de lo anterior son reconocidos como contribuyentes todas las personas jurídicas y naturales que generan ingresos susceptibles de generar riqueza o incremento del patrimonio. Y que se encuentran como residentes fiscales en el país, en un periodo gravable entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en cuestión. Son residentes fiscales todas las personas naturales que permanezcan en el país más de 183 días en un periodo cualquiera de 365 días continuos o discontinuos.  No obstante, los sujetos pasivos de las obligaciones con la DIAN tienen la responsabilidad de verificar su situación tributaria, esto es el trámite que permite certificar la naturaleza, cuantía y pago del impuesto de renta y complementarios; del impuesto y pago al patrimonio o de las retenciones en la fuente pagados o retenidos, por un periodo gravable.

Ahora bien, dando desarrollo al cuestionamiento planteado es de suma importancia para el proceso de compra de sentencias que los beneficiarios y apoderados estén al día con sus obligaciones con la DIAN, teniendo en cuenta que la entidad pagadora cuando va a realizar el desembolso al beneficiario final, verifica previamente que las personas estén a paz y salvo en temas tributarios, de lo contrario si evidencia alguna deuda procederá a efectuar compensaciones sobre los valores reconocidos en los fallos judiciales. Y en consecuencia de lo anterior el último comprador de la sentencia y/o conciliación se va a ver afectado dado que va a ver una disminución en el valor a recibir en relación con la expectativa que tenía. 

Conactivos S.A.S siendo consecuente con lo mencionado anteriormente señala estas políticas expresamente en sus poderes de cesión en los cuales solicita los respectivos paz y salvos con las entidades, tramites que se pueden realizar a través de los apoderados. De igual manera se indican en los contratos de cesión en los cuales se estipula que el cedente (abogado y/o beneficiarios) se comprometen a estar a paz y salvo por todo concepto con la dirección de Impuestos y Aduana Nacionales – DIAN en favor del cesionario, al momento de realizar la cesión de los derechos económicos derivados de la sentencia. 

Por otra parte las entidades condenadas también lo establecen en las aceptaciones con fundamento en la Ley 344 del 27 de diciembre de 1996 en su artículo 29, el Decreto Reglamentario 1068 del año 2015 capítulos 1, 2 y 3, en concordancia con el artículo 262 de la Laye 1819 del 29 de diciembre del año 2016, así como las normas que las adicionen y/o modifiquen, la entidades solicitarán a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, información frente a las obligaciones tributarias que los beneficiarios de las sentencias judiciales y/o conciliaciones adeuden, y en caso, de que dicha Entidad informe de obligaciones pendientes por cancelar a favor del Estado, estas procederán a efectuar las respectivas compensaciones. 

Por otra parte, es de resaltar que el proceso de compra de sentencias de algunas sentencias y/o conciliaciones requieren un estudio previo por parte de nuestras abogadas comerciales, en dicho caso Conactivos S.A.S se reserva la compra de sentencias de algunos beneficiarios por antecedentes, temas reputacionales o deudas con el Estado, entre otros. Finalmente, es prudente señalar que en general todos los particulares deben estar al día con sus responsabilidades tributarias, dado que estas deudas implican de intereses diarios muy altos.

Teniendo en cuenta lo expuesto la alternativa comprobada más efectiva de recibir liquidez inmediata para quienes cumplen con los requisitos antes establecidos es la compra de sentencias, pues‌ ‌cuando‌ ‌se‌ ‌toma‌ ‌esta‌ ‌opción‌ ‌el‌ ‌proceso‌ ‌‌puede‌ ‌durar‌ ‌entre‌ ‌1‌ ‌y‌ ‌4‌ ‌meses‌ ‌aproximadamente,‌ ‌‌dependiendo‌ ‌de‌ ‌la‌ ‌entidad‌ ‌pagadora‌ ‌y‌ ‌en‌ ‌manos‌ ‌de‌ ‌‌Conactivos S.A.S‌,‌ ‌la‌ ‌empresa‌ ‌experta en todo lo referente al proceso de compra de sentencias,‌ ‌pone‌ ‌al‌ ‌servicio‌ ‌de‌ ‌las‌ ‌personas,‌ ‌las‌ ‌herramientas‌ ‌más‌ ‌efectivas‌ ‌para‌ ‌obtener‌ ‌la‌ ‌liquidez‌ ‌de‌ ‌forma‌ ‌ágil‌ ‌y‌ ‌transparente.‌ ‌ ‌

Aunque‌ ‌la‌ ‌oficina‌ ‌principal‌ ‌de‌ ‌‌Conactivos S.A.S‌ ‌está‌ ‌en‌ ‌Bogotá D.C.,‌ ‌los‌ ‌más‌ ‌de‌ ‌mil‌ quinientos ‌casos‌ ‌de‌ ‌éxito‌ en compra de sentencias ‌que‌ ‌hemos ‌tenido‌ ‌corresponden‌ ‌a‌ ‌personas‌ ‌beneficiadas‌ ‌en‌ ‌diferentes‌ ‌ciudades ‌del‌ ‌país,‌ ‌demostrando‌ ‌que‌ nuestras‌ ‌abogadas‌ ‌son sumamente profesionales‌ ‌y‌ ‌experimentadas‌ ‌en‌ ‌el proceso de ‌‌compra‌ ‌de‌ ‌sentenciasjudiciales‌ ‌y‌ ‌conciliaciones‌ ‌de‌ ‌reparación‌ ‌directa‌,‌ ‌tienen‌ ‌alcance‌ ‌y‌ ‌cobertura‌ ‌en‌ ‌todo‌ ‌el‌ ‌territorio‌ ‌nacional.‌ 

Así las cosas podemos concluir que Conactivos SAS, es la mejor elección para efectuar el proceso de compra de sentencias en razón que nuestra empresa presta un asesoramiento oportuno y diligente a los beneficiarios y abogados en procura de la obtención de recursos en el menor tiempo posible, con procesos modernos, ágiles y seguros ejecutados por profesionales, abogadas comerciales enfocadas en prestar el mejor servicio dentro estándares y valores que han posicionado a Conactivos S.A.S. en el sector.

https://www.youtube.com/watch?v=Q8MFnrP8eZQCompra de sentencias ejecutoriadas

Si está interesado en el proceso de compra de sentencias puede comunicarse con nuestras líneas telefónicas 3541552 318 328 3813 para obtener una completa asesoría por parte de nuestras profesionales. 

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