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Compra de sentencias, impuesto de timbre y el Catatumbo: un vínculo inesperado

Publicado por: Conactivos
Compra de Sentencias - impuesto de timbre

La compra de sentencias es un mecanismo que permite a las personas recibir de manera anticipada los recursos derivados de sus sentencias de reparación directa, brindando liquidez y certeza en un proceso que, de otro modo, podría tomar años. Sin embargo, las reformas tributarias recientes han traído consigo nuevas cargas fiscales que pueden afectar este proceso. Una de ellas es el impuesto de timbre, que pasó de tener una tarifa del 0% a un 1% bajo el gobierno de Gustavo Petro. Lo más llamativo de esta medida es que busca financiar la crisis humanitaria en el Catatumbo, una región gravemente afectada por la violencia y los conflictos armados. Esto nos lleva a preguntarnos: ¿cómo impacta esta reforma la compra de sentencias y qué implicaciones tiene para los involucrados en este tipo de transacciones?

¿Qué es el impuesto de timbre?

El impuesto de timbre es un tributo que se aplica a ciertos documentos, contratos y actos jurídicos. En términos sencillos, es un costo adicional que el Estado impone sobre determinados actos que requieren formalidad y autenticidad. Ahora bien, cuando hablamos de compra de sentencias, surge la gran pregunta: ¿afecta este impuesto la transacción?

Cambios recientes en el impuesto de timbre

Hasta hace poco, el impuesto de timbre tenía una tarifa del 0%. Sin embargo, con la reforma implementada por el gobierno del presidente Gustavo Petro, esta tarifa ha sido ajustada al 1%, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta modificación busca recaudar recursos para enfrentar la emergencia humanitaria en el Catatumbo.

El ajuste en el impuesto de timbre afecta principalmente a las transacciones de mayor cuantía. Según el decreto 0175 del 14 de febrero de 2025, el tributo se aplicará a documentos que formalicen la constitución, modificación, extinción, prórroga o cesión de obligaciones. Además, solo será exigible cuando el monto involucrado supere las 6.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), lo que equivale a aproximadamente $298.794.000.

Compra de Sentencias - impuesto

El impuesto de timbre en la compra de sentencias

La compra de sentencias implica una cesión de derechos económicos sobre un fallo judicial, y aquí es donde entra el debate sobre la aplicación del impuesto de timbre. Dado que este tipo de transacción puede formalizarse mediante documentos públicos o privados, es importante analizar si está dentro de los hechos generadores del tributo.

Con la reforma reciente, es probable que ciertas operaciones de compra de sentencias queden gravadas con este impuesto. Por ello, resulta crucial que tanto compradores como vendedores conozcan este impuesto y sepan que CONACTIVOS compra de sentencias busca transformar vidas y esto incluye la responsabilidad de conocer las cargas tributarias y guiar correctamente a cada beneficiario de a cuerdo a su caso.

¿Quiénes están obligados a pagar este impuesto?

El decreto establece que los sujetos obligados a pagar el impuesto de timbre son:

  • Entidades públicas: Instituciones gubernamentales que formalicen documentos que impliquen la creación, modificación o extinción de obligaciones.
  • Personas jurídicas o asimiladas: Empresas y entidades privadas que realicen este tipo de transacciones.
  • Personas naturales comerciantes: Aquellas con ingresos o patrimonio superiores a 30.000 UVT, es decir, aproximadamente $1.493.970.000.

Esto significa que el impuesto recae principalmente sobre sectores con altos ingresos y patrimonios, excluyendo a la mayoría de los ciudadanos con menores recursos.

¿Cuánto se debe pagar?

El porcentaje del impuesto de timbre varía dependiendo de la naturaleza del documento, pero con la nueva reforma se ha fijado en un 1% del valor del acto jurídico. En el caso de la compra de sentencias, este costo puede representar un factor importante a considerar en la planificación financiera de la transacción.

Evita dolores de cabeza fiscales

Para que la compra de sentencias sea un proceso transparente y eficiente, es clave:

  1. Revisar la normativa vigente: Las leyes tributarias pueden cambiar, así que siempre es bueno estar al tanto de las últimas actualizaciones.
  2. Consultar con expertos: Consultar con CONACTIVOS, y nuestras abogadas expertas en la compra de sentencias te informaran y guiaran en este paso de acuerdo a su caso específico.
  3. Planificar la transacción: Si la compra de sentencias implica un pago significativo de impuesto de timbre, es posible estructurar la operación de manera eficiente.
compra de sentencias - servicio al cliente

La importancia de una estrategia bien pensada

Cuando se trata de compra de sentencias, cada detalle cuenta. Desde la negociación hasta la firma del contrato, es fundamental evaluar todos los costos asociados, incluyendo los impuestos. No es lo mismo realizar una cesión simple que estructurar una transacción con respaldo financiero sólido y con pleno conocimiento de la carga tributaria.

En CONACTIVOS la compra de sentencias sigue siendo una excelente opción para quienes desean monetizar sus derechos económicos sin esperar largos tiempos para el pago. Sin embargo, con la reciente reforma tributaria, el impuesto de timbre se convierte en un factor clave en la estructuración de estas operaciones. La clave está en informarse, asesorarse y planificar cada paso para evitar contratiempos.

En el mundo de la compra de sentencias, conocer los impuestos es tan importante como conocer los derechos adquiridos. Así que, antes de cerrar cualquier negociación, recuerda: contrata con CONACTIVOS, una empresa con buena estrategia tributaria que puede marcar la diferencia entre una transacción rentable y una carga innecesaria.

¡Haz que cada decisión cuente!

Escrito por la Dra María Arias, Abogada.

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