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¿Qué pasa si mi sentencia todavía no está ejecutoriada?

Publicado por: Conactivos
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Si su sentencia todavía no está ejecutoriada, significa que aún no ha adquirido firmeza: puede ser modificada por un recurso o no ha terminado de notificarse. Mientras eso ocurra, la condena no es exigible, no puede radicar la cuenta de cobro completa y el plazo legal de pago de la entidad no empieza a correr.

Es una situación normal en muchos procesos. Lo importante es saber por qué su sentencia no está en firme y qué puede hacer mientras tanto. En este artículo se lo explicamos.

¿Qué significa que una sentencia no tenga firmeza?

Una sentencia adquiere firmeza, es decir, queda ejecutoriada, cuando ya no puede discutirse dentro del proceso. Según el artículo 302 del Código General del Proceso, esto ocurre cuando vence el término para presentar recursos sin que se interpongan, o cuando se resuelven los recursos presentados.

Mientras la decisión no tenga firmeza, existe la posibilidad de que cambie. Por eso la entidad no está obligada todavía a pagar.

¿Por qué mi sentencia todavía no está ejecutoriada?

Las causas más comunes son:

  • Apelación pendiente. Una de las partes, a menudo la entidad demandada, apeló el fallo y el superior aún no ha decidido.
  • Notificación incompleta. Alguna de las partes no ha sido notificada en debida forma.
  • Términos en curso. La sentencia se notificó hace poco y todavía corren los días para apelar.
  • Solicitudes de aclaración o adición. Mientras se resuelven, la firmeza se aplaza.

¿Cuánto tiempo hay para apelar?

En la jurisdicción contencioso administrativa, el artículo 247 del CPACA establece que el recurso de apelación contra la sentencia debe interponerse y sustentarse dentro de los diez días siguientes a su notificación. Si nadie apela en ese término, la decisión queda en firme.

¿Qué consecuencias tiene que la sentencia no esté en firme?

Mientras no haya firmeza:

  • No puede obtener la constancia de ejecutoria.
  • No puede radicar una cuenta de cobro completa ante la entidad.
  • No empieza a contar el plazo de diez meses del artículo 192 del CPACA para el pago.
  • No se pueden evaluar negociaciones sobre los derechos económicos con empresas como Conactivos.

No significa que haya perdido su derecho. Significa que el proceso todavía no termina.

¿Y si la segunda instancia cambia la decisión?

Puede ocurrir. El superior puede confirmar, modificar o revocar la sentencia. Por eso es prudente no tomar decisiones financieras con base en un fallo que aún no tiene firmeza.

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¿Qué puedo hacer mientras la sentencia adquiere firmeza?

Aunque no puede cobrar todavía, sí puede adelantar algunas tareas:

  • Haga seguimiento al proceso con su abogado o en la consulta de procesos de la Rama Judicial.
  • Organice sus documentos: cédulas, registros civiles de los beneficiarios y certificación bancaria.
  • Verifique los datos de contacto que aparecen en el proceso.
  • Revise el poder de su abogado, para que incluya la facultad de recibir dinero cuando llegue el momento.

Así, cuando la sentencia quede en firme, podrá pedir la constancia y radicar la cuenta de cobro rápidamente, dentro de los tres meses que recomienda la ley para no suspender intereses.

¿Cuánto tarda una apelación?

No es posible dar un tiempo exacto. Depende de la carga del tribunal o del Consejo de Estado y de la complejidad del caso. Su abogado puede orientarlo según el despacho que conoce del recurso.

Desconfíe de quien le prometa una fecha precisa de decisión: los tiempos judiciales dependen de cada despacho.

¿Cuándo puede intervenir Conactivos?

Conactivos analiza la negociación de derechos económicos solo cuando la sentencia tiene firmeza, es decir, cuando está ejecutoriada, y la cuenta de cobro ya fue radicada ante la entidad.

Cuando su caso llegue a ese punto, Conactivos analiza el expediente para determinar si cumple con las condiciones necesarias para presentar una propuesta. Mientras tanto, lo mejor es preparar la documentación para no perder tiempo después.

Preguntas frecuentes

¿La entidad puede apelar aunque yo haya ganado?

Sí. La entidad demandada tiene derecho a apelar la sentencia de primera instancia, y es frecuente que lo haga. En ese caso, la firmeza llega con la decisión de segunda instancia.

¿Un recurso extraordinario impide la ejecutoria?

Por regla general, los recursos extraordinarios, como el de revisión, se presentan contra sentencias que ya están en firme y no impiden su cumplimiento. Su abogado puede revisar el caso concreto.

¿Puedo radicar la cuenta de cobro antes de la ejecutoria?

No es lo recomendable. La solicitud debe incluir la sentencia con su fecha de ejecutoria; sin ella, la entidad la devolverá o la tendrá como incompleta.

¿Cómo sé que mi sentencia ya quedó en firme?

Su abogado puede confirmar la firmeza con las actuaciones del proceso, y el despacho lo certifica al expedir la constancia de ejecutoria.

Conclusión

Si su sentencia aún no tiene firmeza, el cobro debe esperar. Las razones suelen ser una apelación pendiente o términos que todavía corren. Usar este tiempo para organizar documentos le permitirá actuar rápido cuando la decisión quede en firme.

Cuando su sentencia esté ejecutoriada y la cuenta de cobro radicada, Conactivos puede analizar su caso para determinar si es posible presentarle una propuesta.

¿Su sentencia ya está en firme? Solicite el análisis de su caso con Conactivos.

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