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¿Por qué unas entidades pagan más rápido que otras?
Algunas entidades pagan sus sentencias más rápido que otras porque tienen menos condenas acumuladas, más presupuesto disponible para ese fin o procesos internos más ágiles. El plazo legal de diez meses es el mismo para todas, pero la realidad de cada una es distinta.
Por eso, dos beneficiarios con sentencias similares pueden esperar tiempos muy diferentes según la entidad condenada. En este artículo le explicamos los factores que influyen y cómo informarse sobre su caso.
El artículo 192 del CPACA establece que las condenas en dinero contra entidades públicas deben pagarse en un plazo máximo de diez meses desde la ejecutoria. Esta regla aplica por igual a todo el sector público.
La diferencia está en la capacidad real de cada una para cumplir ese plazo. Cuando no lo logran, deben reconocer intereses moratorios, pero el pago puede tardar más.
Las instituciones con muchos procesos en contra acumulan más solicitudes de pago. Las del sector defensa y de la justicia suelen enfrentar un número alto de demandas de reparación directa, por ejemplo, por privación injusta de la libertad o por hechos de la fuerza pública.
Cada año, cada institución cuenta con una apropiación presupuestal para pagar sentencias y conciliaciones. Si las condenas superan esos recursos, se forma una fila de espera.
Muchas instituciones pagan en el orden en que se radicaron las solicitudes completas. Si hay miles de solicitudes antes que la suya, la espera se alarga, aunque la entidad esté pagando de forma constante.
La organización del área de pagos, el número de funcionarios y la digitalización de los trámites también influyen en la velocidad con la que se revisan y liquidan las solicitudes.
Las solicitudes incompletas generan requerimientos y devoluciones. Esto afecta al beneficiario que las presenta y, en general, ralentiza la gestión de las entidades.
Entre las entidades que con frecuencia resultan condenadas en procesos de reparación directa están:
Que una entidad tenga muchas condenas no significa necesariamente que pague más lento, pero sí es un factor que debe tenerse en cuenta.

La información más confiable proviene de la propia entidad. Puede:
Evite guiarse por cifras sin fuente. Los tiempos cambian según el presupuesto de cada año y la gestión de cada entidad.
Si la entidad condenada tiene una fila de espera larga y usted necesita recursos, puede evaluar la negociación de sus derechos económicos. Conactivos analiza sentencias contra diferentes entidades, como Fiscalía, Policía, Ejército, Armada, Rama Judicial, INPEC o INVIAS, entre otras.
Conactivos no acelera el pago de las entidades ni paga en nombre del Estado. Analiza el expediente, siempre que la sentencia esté ejecutoriada y la cuenta de cobro radicada, para determinar si cumple con las condiciones necesarias para presentar una propuesta.
Sí, puede ser una de las variables del análisis, junto con el estado del expediente, la documentación y el turno. Por eso cada propuesta es individual.
No. Solo la entidad condenada en la sentencia está obligada al pago. Revise la parte resolutiva del fallo para saber cuál es.
Departamentos y municipios también deben cumplir las condenas, pero su capacidad depende de sus propios presupuestos, por lo que los tiempos varían.
Sí. Vencido ese plazo, puede evaluar con su abogado un proceso ejecutivo, y los intereses moratorios se liquidan a una tasa mayor.
Todas las entidades tienen el mismo plazo legal para pagar, pero no todas tienen la misma capacidad. El volumen de condenas, el presupuesto y el orden de pago explican por qué unas tardan más que otras.
Si la entidad de su caso tiene una espera larga, Conactivos puede analizar su expediente para determinar si es posible presentarle una propuesta por sus derechos económicos.
Solicite el análisis de su sentencia y conozca una alternativa frente a la espera.
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