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Casos de sentencias de reparación directa en los que opera la compra de sentencias en Conactivos

Publicado por: Conactivos
Compra de Sentencias

En la actualidad, la compra de sentencias a sus beneficiarios que han sido falladas contra entidades de orden nacional tales como Fiscalía General de la Nación, Ejército Nacional, Policía Nacional, Instituto Nacional de Vías – Invías, Rama Judicial, Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – Inpec, se ha convertido en un mecanismo de ayuda logrando que mas beneficiarios de sentencias logren disfrutar del derecho económico reconocido por algún perjuicio ocasionado de manera anticipada, la compra de sentencias ha impactado de manera positiva en Colombia, disminuyendo los tiempos de pago significativamente sin necesidad de esperar a que las entidades realicen el pago de la misma en un plazo de hasta 6 años.

Al respecto, CONACTIVOS S.A.S. en los últimos años ha fortalecido su gestión en la compra de sentencias, beneficiando a cientos de familias a nivel nacional, brindando asesoría y soporte Jurídico en todo el proceso de compra de sentencias, hasta que el beneficiario cuenta con su dinero conforme a las políticas pactadas, inclusive brindamos asesoría a quien lo requiera respecto de la radicación de la cuenta de cobro ante las entidades deudoras dando cumplimiento al Decreto 2469 de 2015.

De acuerdo con  el articulo 90 de la Constitución Política de Colombia “el Estado responderá  patrimonialmente por los  daños antijurídicos  que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas”, pero como nuestro ordenamiento jurídico carece de una definición  de daño antijurídico, la sentencia del 2 de marzo de 2000, expediente 11945, lo traduce como  la lesión  de un interés legítimo, patrimonial o extrapatrimonial, que la victima no está en la obligación de soportar, que no esta justificado por la ley o el derecho.

Conforme  con lo anterior, en esta oportunidad vamos a mencionar algunos hechos por los cuales se puede interponer una demanda de Reparación Directa y que  posteriormente podemos tener como ejemplo dentro de los procesos de compra de sentencias contra entidades nacionales como el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario – Inpec y que se presentan con mayor frecuencia en la sociedad colombiana, como por ejemplo aquellas en las que se ha declarado la responsabilidad de la entidad por la muerte de algún interno, daño a la salud de un recluso, lesiones sufridas por los internos, daño a la dignidad de los reclusos, etc.

A lo largo la jurisprudencia ha venido estableciendo los requisitos constitutivos de la responsabilidad patrimonial del Estado: 

1. La existencia de un daño antijurídico.

2. Que la acción u omisión desplegada sea imputable a las entidades públicas.

3. Que se presente una relación de causalidad material entre el daño antijurídico y el órgano estatal. 

Al respecto, es pertinente recordar que el Consejo de Estado ha precisado que las personas recluidas en establecimientos carcelarios o de detención, se encuentran en una situación de indefensión y vulnerabilidad manifiesta que se deriva de la existencia de una relación de especial sujeción al Estado

Otra de las entidades poco frecuentes  con sentencias de reparación directa y que Conactivos  S.A.S. tiene en su portafolio de compra de sentencias son las falladas contra el Instituto Nacional de Vías – Invias, sobre lo cual el Consejo de Estado ha indicado que el Estado deberá responder cuando “incurra en omisión de sus tareas  de conservación y mantenimiento rutinario y periódico  de la infraestructura vial, responsabilidad que acarreara mayor exigencia si se demuestra que los daños u obstáculos permanecieron sobre una carretera  durante un tiempo razonable para actuar, sin que la entidad demanda hubiere efectuado las obras de limpieza, remoción, reparación o señalización, con miras a restablecer la circulación normal de la vía”

En consecuencia, en CONACTIVOS S.A.S, realizamos la compra de sentencias de Reparación Directa en los casos en que las personas han sido beneficiaras por hechos como: lesiones o muerte de personas por falta de mantenimiento en las carreteras, ausencia de señalización,  ocupación de hecho en áreas de explotación  de título minero, 

Para finalizar, vale la pena informar que conforme al último informe de litigiosidad con corte al mes de septiembre de 2020, publicado por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en la actualidad hay aproximadamente 55.851 procesos por reparación directa, cuyas pretensiones ascienden a $140,1 billones de pesos, traduciendo en la práctica quiere decir que el Estado tiene una mora general aproximada para el pago de sentencias y conciliaciones  entre  los 4 y 6 años, dependiendo la entidad, es decir que una vez esté la sentencia en firme usted debe realizar el respectivo cobro a la entidad condenada y posteriormente se le asignará un turno de pago.

Por consiguiente, si en este momento usted cuenta con una sentencia de reparación directa fallada a su favor, en la que se condene a las entidades anteriormente mencionadas, por alguno de los casos mencionados anteriormente o cualquier otro, lo invitamos a que se comunique con CONACTIVOS  S.A.S., nos comente su caso  y nos de la oportunidad de presentar una oferta de compra de sentencias, de esta manera usted en un plazo entre los 2 y 4 meses  podrá disfrutar  de los perjuicios reconocidos por un Juez por los daños causados.

Autor: Andrea Torres/Abogada Senior Conactivos S.A.S

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