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Las preguntas más frecuentes en la compra de sentencias

Publicado por: Conactivos
Compra de sentencias
compra de sentencias

Realizar una compra de sentencias es la oportunidad para que los beneficiarios de las sentencias reciban el dinero que le corresponde en el momento oportuno, es decir, lo más pronto posible.

Cuando se realiza de forma directa el proceso de reclamación de pago por una sentencia, se puede tardar entre cinco (5) a siete (7) años el desembolso del dinero. Sin embargo, si se accede al modelo legal de la compra de sentencias, se puede obtener la liquidez en un tiempo no superior a los cuatro meses. 

A continuación las tres preguntas que se hacen quienes están pensando en acogerse a una compra de sentencias:

PREGUNTA 1: 

¿Qué necesito para que compren mi sentencia?

Cualquier beneficiario o apoderado de las sentencias tienen la opción de vender los derechos económicos contenidos en ellas por medio de la compra de sentencias,  una de las opciones más efectivas para recibir el dinero de manera anticipada, siempre y cuando reúnan los siguientes documentos:

  1. Copia simple de la sentencia de primera y segunda instancia (si aplica ambas instancias).
  1. Copia simple de la constancia de ejecutoria.
  1. Copia simple de la cuenta de cobro con su respectivo sello de radicado en la entidad pagadora o en su efecto, si el envío se hizo a través de una empresa de correos, es importante aportar soporte de la guía de entrega.
  1. Copia simple de la constancia de vigencia de poder, en donde se confirme que los poderes están vigentes y no han sido revocados.
  1. Copia simple del alcance o alcances que se hubiesen podido presentar posterior al envío de la cuenta de cobro, ya sea porque la entidad se lo requirió o porque olvidó adjuntar alguno de los requisitos establecidos en el Decreto 2469 del 22 de diciembre de 2015.
  1. Copia de la constancia de asignación de turno, en donde conste que cumplió requisitos de acuerdo al Decreto 2469 del 22 de diciembre de 2015.

Debe tener en cuenta que además de los documentos mencionados anteriormente, deberá remitir los siguientes:

  1. Documentos de identidad del abogado o abogados que hayan actuado en el proceso (cédula, tarjeta profesional, certificación bancaria actualizada y RUT actualizado).
  1. Documentos de identidad de los beneficiarios de la sentencia, de la siguiente forma:
  • Cédula de ciudadanía para los que son mayores de edad.
  • Registro civil de nacimiento para aquellos que tengan menos de siete (7) años de edad.
  • En el caso que tengan más de siete (7) años es necesario aportar fotocopia de la tarjeta de identidad biométrica.
  • Para aquellos que tengan los (14) años cumplidos deben aportar la pre-cedula.
  1. Original de poderes de cesión de derechos económicos, el cual es otorgado por cada uno de los beneficiarios a su abogado o a la persona que ellos designen, esto en el caso que su abogado no quisiera participar en el trámite de la compra de sentencias.
  1. Paz y salvos originales debidamente firmados y autenticados por abogado o abogados que hubiesen tenido alguna actuación en el proceso, esto con el ánimo de hacer muy transparente la compra de la sentencias.
  1. En el eventual caso que alguno de los beneficiarios hubiese fallecido, es necesario haber adelantado proceso de sucesión, para así mismo adjuntar escritura de sucesión. Esto para que se pueda realizar la compra de los derechos que correspondan al causante.

Aunque parezcan muchos documentos en realidad no lo son para el beneficio que representa la compra de sentencias. Conactivos con su amplia experiencia estudiará y revisará que todo esté correcto y de esta forma garantizar un proceso seguro, evitando incurrir en errores que podrían afectar la negociación y el pago por parte de la entidad condenada. 

PREGUNTA 2: 

¿En cuánto tiempo obtengo el dinero?

Antes de hablar sobre el tiempo en el que una compra de sentencias se hace efectiva, primero hay que tener claridad sobre los montos de las sentencias que se pueden comprar, siendo Conactivos quien tiene los rangos más atractivos. 

Esta firma de abogados hace compra de sentencias o conciliaciones desde cincuenta millones de pesos (50.000.000) hasta diez mil millones de pesos (10.000.000.000). Sin importar el valor, garantizan que cada compra de sentencias tendrá el mismo trato e importancia que merecen todas. Hay que aclarar que si usted tiene un fallo que esté por debajo del valor mínimo o sobrepasa el valor máximo,  puede ser revisado por Conactivos y no perder la oportunidad. 

El tiempo estimado para que una compra de sentencias se haga efectiva y el beneficiario reciba su dinero, está entre uno (1) y cuatro (4) meses solamente, reduciendo considerablemente el tiempo que debería esperar en el proceso normal, el cual podría ser de varios años.

PREGUNTA 3: 

¿Cuál es el porcentaje que se cobra?

Después de que el o los beneficiarios de la sentencia toman la oportunidad de realizar una compra de sentencias con Conactivos, los descuentos dependen de factores, como:

  • Fecha de la ejecutoria y del radicado de la cuenta de cobro.
  • Alcances realizados a la cuenta de cobro.
  • Monto de la sentencia.
  • Otros aspectos.

Con base en esta información, los abogados profesionales de Conactivos evalúan el porcentaje de cobro que aplicaría según la compra de sentencias. Tenga la certeza que gracias la experiencia que tienen, brindarán la mejor opción para llevar a feliz término la compra de sentencias.

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Si está interesado en el proceso de compra de sentencias puede comunicarse con nuestras líneas telefónicas 3541552 318 328 3813 para obtener una completa asesoría por parte de nuestras profesionales. 

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En el cual podrá identificar cómo funciona el proceso de reparación directa y las entidades de orden nacional que tienen la obligación de efectuar el proceso de reparación económica a las víctimas reconocidas, el cual encontrará en el siguiente link https://conactivos.com.co/2021/02/04/casos-de-compra-de-sentencias/ 

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