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Si cedo mi sentencia y el Estado nunca paga, ¿me lo cobran a mí?

Publicado por: Conactivos
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Una de las preocupaciones más comunes antes de tomar esta decisión es qué pasa si cedo mi sentencia y el Estado no paga en el tiempo esperado, o incluso si llegara a no pagar nunca. Es una pregunta válida, porque toca directamente el riesgo financiero de la operación, y merece una respuesta clara antes de firmar cualquier acuerdo de cesión.

En este artículo le explicamos quién asume ese riesgo una vez se formaliza correctamente la cesión de los derechos económicos de una sentencia.

¿Qué ocurre exactamente en una cesión de derechos económicos?

Cuando usted cede los derechos económicos de su sentencia, transfiere a un tercero el derecho a recibir el pago que la entidad estatal realizará en el futuro. A cambio, usted recibe una suma definida previamente, sin necesidad de esperar a que la entidad efectúe el desembolso.

Si cedo mi sentencia y el Estado no paga, ¿me lo cobran a mí?

No. Una vez la cesión se formaliza correctamente, conforme a los requisitos legales y con la notificación debida a la entidad condenada, el riesgo de que el pago se demore, o de eventuales dificultades en el trámite administrativo, es asumido por quien adquirió los derechos económicos, no por el beneficiario original que los cedió.

¿Por qué es importante que la cesión esté bien formalizada?

Precisamente porque el riesgo se traslada al adquirente, es fundamental que el contrato de cesión cumpla con todos los requisitos legales: que conste por escrito, que se notifique adecuadamente a la entidad, y que quede claro que se trata de una cesión de derechos y no de otro tipo de acuerdo. Una cesión mal formalizada podría generar confusiones sobre quién debe asumir qué responsabilidades.

¿Qué debo verificar antes de firmar un acuerdo de cesión?

Antes de firmar, es recomendable leer detenidamente el contrato, verificar que quede explícito que se trata de una cesión de derechos económicos y no de un préstamo, y confirmar con quién está negociando, evaluando su trayectoria y seriedad. Contar con acompañamiento jurídico propio, adicional al de la empresa que analiza su caso, también es una buena práctica.

¿Cómo trabaja Conactivos frente a este riesgo?

Conactivos analiza cada expediente antes de presentar una propuesta, precisamente porque asume el riesgo asociado al tiempo y a las condiciones del pago estatal una vez adquiere los derechos económicos correspondientes. Por eso, no todos los expedientes son viables: cada caso se evalúa de manera individual antes de definir si es posible avanzar con una propuesta.

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¿El riesgo cambia si la entidad condenada tiene fama de demorarse más?

No. El riesgo de la demora en el pago, sin importar qué tan lenta sea la entidad condenada en su trámite habitual, es asumido igualmente por quien adquiere los derechos económicos, siempre que la cesión se haya formalizado correctamente. Precisamente por eso, antes de presentar una propuesta, se analiza también ese riesgo particular asociado a la entidad y al tipo de proceso, entre otros factores del expediente. Que una entidad tenga fama de tardar más tiempo en pagar no traslada ningún riesgo adicional al beneficiario que cede sus derechos de forma correcta, ya que ese riesgo queda, desde la formalización del contrato, en cabeza del adquirente.

Preguntas frecuentes

Si cedo mi sentencia y el Estado se demora años en pagar, ¿debo devolver algo?

No, una vez la cesión de derechos económicos se formaliza correctamente, el riesgo de la demora en el pago lo asume quien adquirió esos derechos, no el beneficiario original.

¿Qué pasa si el Estado nunca paga la sentencia después de la cesión?

El riesgo de un eventual no pago también es asumido por quien adquirió los derechos económicos, siempre que la cesión se haya formalizado correctamente conforme a los requisitos legales.

¿Qué debo revisar en el contrato para confirmar que el riesgo no queda en mí?

Debe verificar que el documento se refiera expresamente a una cesión de derechos económicos, y no a un préstamo o anticipo que deba devolver, y que cumpla con los requisitos legales de notificación a la entidad.

¿Es igual firmar con cualquier empresa que ofrezca comprar mi sentencia?

No. Es importante verificar la seriedad y trayectoria de la empresa antes de firmar, ya que las condiciones y la claridad del contrato pueden variar significativamente entre una y otra.

¿Conactivos me puede exigir dinero de vuelta si la entidad se demora en pagar?

No. Una vez formalizada la cesión de los derechos económicos, Conactivos asume el riesgo asociado a los tiempos y condiciones del pago estatal correspondiente a los derechos adquiridos.

Conclusión

Una de las principales ventajas de ceder correctamente los derechos económicos de una sentencia es que el riesgo de la demora o del eventual no pago por parte del Estado se traslada a quien adquiere esos derechos. Por eso es tan importante verificar que la cesión esté bien formalizada antes de firmar cualquier acuerdo.

CTA: Si quiere conocer cómo Conactivos analiza el riesgo de un expediente antes de presentar una propuesta, solicite el análisis de su sentencia.

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