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¿Qué pasa si un soldado conscripto sufre lesiones o muere prestando servicio?

Publicado por: Conactivos
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Si un soldado conscripto sufre lesiones o muere mientras presta el servicio militar obligatorio, el Estado puede ser declarado responsable y condenado a indemnizar a la víctima y a su familia. La reclamación se hace mediante una demanda de reparación directa contra la Nación – Ministerio de Defensa y la fuerza correspondiente.

Esta protección existe porque el joven no eligió estar allí: la ley le impuso el deber de prestar el servicio. En este artículo le explicamos cuándo responde el Estado, por qué cambia la situación frente a un soldado profesional y qué familiares pueden reclamar.

¿Qué es un soldado conscripto?

Es quien presta el servicio militar obligatorio, ya sea como soldado regular, bachiller o campesino, en el Ejército, la Armada o la Fuerza Aeroespacial. No es un empleado que eligió la carrera militar, sino un ciudadano que cumple un deber impuesto por la Constitución.

Por esa razón, el Estado asume una posición especial frente a él: debe devolverlo a la vida civil en las mismas condiciones en que lo recibió.

¿Cuándo responde el Estado por las lesiones o la muerte de un conscripto?

El Consejo de Estado ha sostenido que, frente al soldado conscripto, la responsabilidad del Estado puede analizarse bajo regímenes objetivos. Esto significa que, en muchos casos, no es necesario demostrar una falla del servicio, sino que el daño ocurrió con ocasión del servicio.

Los títulos de imputación que se usan con más frecuencia son:

  • Daño especial: el conscripto soporta una carga mayor que la del resto de ciudadanos al prestar el servicio.
  • Riesgo excepcional: el daño ocurre por la exposición a actividades peligrosas, como el manejo de armas o las operaciones militares.
  • Falla del servicio: cuando se prueba que hubo una actuación irregular, como falta de entrenamiento o de atención médica.

La responsabilidad puede excluirse si se demuestra, por ejemplo, la culpa exclusiva de la víctima o un hecho de un tercero ajeno al servicio. Cada caso se estudia en particular.

Ejemplos de situaciones que pueden dar lugar a una demanda

  • Lesiones durante entrenamientos o actividades de instrucción.
  • Accidentes con armas de dotación.
  • Heridas en combate o en operaciones de orden público.
  • Enfermedades adquiridas o agravadas durante el servicio.
  • Muerte del joven mientras estaba bajo custodia de la institución.

¿Por qué cambia la reparación entre soldado conscripto y profesional?

La diferencia está en la voluntad. El soldado profesional eligió la carrera militar, recibe un salario y acepta los riesgos propios de su oficio. Por eso, cuando sufre una lesión, recibe en primer lugar las prestaciones previstas en su régimen laboral (la llamada indemnización a forfait).

Para que el soldado profesional obtenga una reparación adicional por vía judicial, normalmente debe demostrar una falla del servicio o un riesgo que exceda el que asumió voluntariamente.

El conscripto, en cambio, no eligió exponerse. Por eso, el estándar para reclamar es más favorable para él y su familia.

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¿Qué familiares pueden reclamar si un conscripto fallece?

Pueden demandar los familiares que demuestren haber sufrido un perjuicio por la muerte del joven. Con frecuencia, son:

  • Padres y madres.
  • Hermanos y hermanas.
  • Abuelos.
  • Cónyuge o compañera permanente.
  • Hijos, si los tenía.

Para los perjuicios morales, el Consejo de Estado ha establecido criterios de referencia según el nivel de cercanía con la víctima. Los familiares más cercanos suelen recibir montos mayores, y el parentesco debe probarse con registros civiles.

También pueden reconocerse perjuicios materiales, por ejemplo, cuando se demuestra que el joven contribuía económicamente al hogar.

Si el conscripto sobrevive con lesiones

En ese caso, la víctima directa reclama sus perjuicios morales, el daño a la salud y los perjuicios materiales, con base en la pérdida de capacidad laboral que determine la junta médica o un dictamen. Sus familiares también pueden reclamar perjuicios morales.

¿Cuánto tiempo hay para demandar?

El término general para presentar la demanda de reparación directa es de dos años, según el artículo 164 del CPACA, contados a partir del día siguiente al hecho o desde cuando se conoció el daño. Antes de demandar debe agotarse la conciliación extrajudicial ante la Procuraduría.

¿Qué pasa después de obtener la sentencia?

Cuando la sentencia queda ejecutoriada, debe radicarse la cuenta de cobro ante el Ministerio de Defensa o la entidad condenada, que asignará un turno de pago. Esa espera puede tomar tiempo.

En esa etapa, algunas familias evalúan negociar sus derechos económicos. Conactivos analiza el expediente para determinar si cumple con las condiciones necesarias para presentar una propuesta, siempre que la sentencia esté ejecutoriada y la cuenta de cobro radicada.

Preguntas frecuentes

¿El soldado bachiller también es conscripto?

Sí. El soldado bachiller, el regular y el campesino prestan el servicio militar obligatorio y reciben el mismo tratamiento para efectos de responsabilidad.

¿Se puede demandar si la lesión ocurrió durante un permiso?

Depende de si el hecho tuvo relación con el servicio. Si ocurrió en una actividad personal ajena al servicio, la responsabilidad del Estado es más difícil de demostrar.

¿La indemnización la paga el Ejército?

La condena suele imponerse a la Nación – Ministerio de Defensa Nacional, con la fuerza respectiva. El pago se gestiona ante esa entidad.

¿Qué pruebas sirven en estos casos?

El informe administrativo por lesiones, la historia clínica, el acta de junta médica, los registros civiles de los familiares y los testimonios de compañeros, entre otras.

Conclusión

El Estado tiene una responsabilidad especial con el soldado conscripto, porque prestó un servicio que no eligió. Si sufre lesiones o muere, él y su familia pueden reclamar una indemnización mediante reparación directa, dentro del plazo de dos años.

Si su familia ya tiene una sentencia ejecutoriada y la cuenta de cobro radicada, Conactivos puede analizar su caso para saber si es posible presentarle una propuesta por sus derechos económicos.

¿Tiene una sentencia por lesiones o muerte de un conscripto? Solicite el análisis de su caso con Conactivos.

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