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¿Qué documentos pide la Fiscalía para pagar una sentencia?
Los requisitos para que la Fiscalía pague una sentencia son, en esencia, los que fija el Decreto 2469 de 2015 para cualquier entidad: datos de los beneficiarios, copia de la sentencia con su fecha de ejecutoria, poder con facultad para recibir dinero (si actúa un abogado), certificación bancaria, documento de identidad y los demás que exija la condena. La solicitud se presenta por canales digitales.
El Decreto 2469 de 2015 enumera los requisitos básicos que debe reunir la cuenta de cobro:
Incluya los documentos de todas las personas reconocidas en la sentencia. Cada beneficiario tiene derechos individuales, así que la información de cada uno debe estar completa.
La entidad pedirá los documentos de la sucesión que acrediten quiénes son los herederos.
Según la información divulgada por la Fiscalía en 2025, debe radicarse la escritura pública de cesión junto con los documentos exigidos. Si la entidad emite una aceptación condicionada, hay que corregir o completar lo pedido dentro del plazo indicado.
Cuando varias entidades fueron condenadas en conjunto, la solicitud debe presentarse ante todas ellas al mismo tiempo.

La Fiscalía atiende estos trámites por medios digitales. Los usuarios deben usar el sistema PQRS o el correo oficial para presentar la cuenta de cobro, subsanar documentos o hacer peticiones.
Organice los archivos en PDF legibles, nómbrelos de forma clara (por ejemplo, «sentencia-primera-instancia.pdf») y guarde la constancia de envío.
Según Conactivos, la mayoría de retrasos que observa en los expedientes que analiza se originan en documentos incompletos o con datos que no coinciden con la sentencia.
Recuerde que, si radica después de tres meses desde la ejecutoria, se suspenden los intereses hasta que presente la solicitud completa.
Si ya cumplió los requisitos y radicó su cuenta de cobro, tiene casi lista la carpeta que Conactivos solicita para analizar una posible negociación: sentencia de primera instancia, de segunda instancia cuando corresponda, constancia de ejecutoria, cuenta de cobro radicada y turno de pago si ya está disponible.
Además de los requisitos de la entidad, Conactivos revisa que la sentencia esté ejecutoriada, que la cuenta de cobro esté radicada y que los datos de los beneficiarios coincidan en todos los documentos. Cumplir bien los requisitos ante la Fiscalía facilita también este análisis.
Si tiene dudas sobre alguno de los requisitos, consúltelo con su abogado antes de radicar.
Las reglas actuales favorecen los documentos digitales. Aun así, verifique los requisitos vigentes de la entidad antes de radicar.
Sí, con autorización. Según la Fiscalía, un familiar autorizado puede presentar la cuenta de cobro, pero no puede actuar en trámites que exijan representación judicial.
Responda dentro del plazo indicado y por el mismo canal digital. Mientras no subsane, su trámite no avanza.
No hay una regla única. Es recomendable que sea reciente, y es posible que le pidan actualizarla antes del pago.
Cumplir todos los requisitos desde el inicio es la mejor forma de que su cuenta de cobro ante la Fiscalía avance sin devoluciones. Revise cada documento contra la sentencia y use solo los canales digitales oficiales.
Con esa misma carpeta, puede solicitar que Conactivos analice su caso.
Fuente: Conactivos – compra y negociación de derechos económicos de sentencias contra el Estado, con más de 10 años de experiencia y cobertura nacional.
¿Ya radicó su cuenta de cobro? Solicite el análisis de su sentencia con Conactivos.
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