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¿Cómo funciona la compra de sentencias cuando el apoderado o uno de los beneficiarios fallece?

Publicado por: Conactivos
Compra de sentencias

Conactivos S.A.S a través de la compra de sentencias ofrece a los beneficiarios la posibilidad de obtener los recursos que les fueron reconocidos en una sentencia y/o conciliación de manera rápida y anticipada.

compra de sentencias

A través de asesoría profesional, Conactivos S.A.S le ofrece la posibilidad de realizar el proceso de compra de sentencias aun cuando el apoderado, uno o varios de los beneficiarios hayan fallecido esto en un periodo que solamente podría extenderse hasta cuatro meses, siempre y cuando, se cumplan algunos pasos fundamentales, como recolección de toda la documentación necesaria y la revisión jurídica detallada que confirma la viabilidad de compra. 

En primer lugar, es preciso señalar que la herencia es el conjunto de todos los bienes derechos y obligaciones de una persona que no se extinguen por su muerte y que son transmisibles a sus herederos o legatarios, dichos conceptos se encuentran establecidos en el Libro Tercero, Título I a partir del artículo 1008 del Código Civil de Colombia.

Cabe resaltar que el derecho a la sucesión en la herencia se transmite desde el momento del fallecimiento, pudiendo establecerse de dos maneras, por vía testamentaria o por vía intestada.

El heredero persona que sucede al difunto tras su muerte en todos sus derechos y obligaciones, considerándose al sucesor a titulo universal. Puede ser designado por el testador en el testamento o bien ser señalado por la Ley en ausencia de testamento para recibir la totalidad de los bienes de la herencia si es el único heredero, o una parte de ella si concurre más de un heredero.

Es preciso distinguir entre el heredero voluntario, aquel establecido como heredero en el testamento por la voluntad del testador, y el heredero forzoso, aquel al que la Ley le reconoce el derecho a heredar una parte. 

Ahora bien, para efectuar el proceso de compra de sentencias cuando el apoderado, uno o varios de los beneficiarios de la sentencia fallecen es necesario presentar la escritura pública en la cual se debe establecer de manera clara la sentencia con su respectiva fecha de emisión, el porcentaje de honorarios, los valores en letras y números respecto del valor a recibir y lo más importante es que en la sucesión queden estipulados los salarios mínimos mensuales legales vigentes de la condena con la fecha de ejecutoria de la sentencia;

lo anterior salvo que la misma sentencia manifieste que se liquiden a la fecha de pago de la sentencia. Por otra parte, pese a que los intereses finales de la sentencia son sumas inciertas y por ende no se pueden cuantificar estos se deben dejar estipulados en la sentencia de forma precisa. En relación con los documentos necesarios para adelantar el proceso de compra de sentencias y/o conciliaciones teniendo en cuenta el contexto planteado se requieren lo siguientes:

  • Certificado de defunción.
  • Cédula de ciudadanía del causante.
  • Escritura pública de sucesión.

Existen dos escenarios para la presentación de la sucesión el primero ocurre cuando mediante la cuenta de cobro se relaciona la escritura pública y el otro escenario sucede cuando Conactivos S.A.S.

a través de la radicación de la cesión de derechos económicos presenta el instrumento notarial. También puede ocurrir que durante el proceso judicial el apoderado o uno de los beneficiarios fallezcan y el mismo juez determine dentro de la sentencia especificar la calidad de los herederos y el porcentaje de la condena que les corresponde.

De igual manera es preciso señalar que los herederos son quienes deben firmar el poder de cesión en representación del causante en virtud de las atribuciones legales que les otorga la sucesión para ejecutar estas actuaciones, en dicho caso se podrá negociar la venta de la sentencia y/o conciliación de forma parcial sobre los derechos económicos.

Para el caso del fallecimiento de los apoderados el derecho crediticio que tiene el abogado fallecido sobre el cliente entrara a su masa sucesoral, con sus activos y pasivos, entre los activos se encuentran los derechos crediticios, como es la deuda por la prestación que tiene el cliente con aquel que en vida le prestó los servicios profesionales en derecho.

En dicho sentido los herederos tendrán dos opciones el primero ocurre si no desean vender su porcentaje en este caso tendrán que firmar la exclusión de los honorarios y esperar el turno de pago por parte de la entidad, y en contraposición si aceptan acceder al proceso de compra de sentencias respecto del valor reconocido en calidad de herederos deberán firmar el paz y salvo de honorarios y el contrato de cesión de sus derechos económicos.

Teniendo en cuenta las alternativas expuestas anteriormente se puede aseverar que la solución más efectiva que han encontrado los beneficiarios y apoderados es apoyarse en profesionales que ofrecen el servicio de compra de sentencias y conciliaciones, y de esta forma, encontrar la salida para recibir en un corto plazo este dinero que tanto merecen y que se convierte en una respuesta para mejorar su calidad de vida y crear nuevos proyectos personales y familiares.

Justamente ese es el objetivo de Conactivos S.A.S., empresa experta al servicio de aquellos que ganaron dichos casos como víctimas de la acción u omisión del Estado y que a la espera del dinero que les adeudan, buscan obtener liquidez de forma ágil y transparente. Tenga en cuenta que Conactivos S.A.S. ha logrado generar liquidez a más de 1.500 beneficiarios de diversos departamentos como Cauca, Caquetá, Cundinamarca, Atlántico, Norte de Santander entre otros.  

Cabe resaltar que Conactivos S.A.S. en concordancia con su propósito social ofrece a las familias colombianas el proceso de compra de sentencias como una solución rápida para obtener liquidez segura y rápida, un proceso que funciona a través de la cesión de derechos económicos reconocidos en una sentencia judicial, de esta manera los beneficiarios de una sentencia debidamente ejecutoriada autorizan a una empresa o abogado para que sean ellos quienes cobren la sentencia, con la ventaja de recibir el dinero sin esperar el turno asignado por la entidad estatal. 

Ceder los derechos de su conciliación o sentencia es una decisión importante y que debe llegar a un feliz término, y para que esto sea posible hay que elegir la empresa correcta. Quien se haga cargo del proceso de compra de sentencias, no solo debe tener la trayectoria y prestigio suficiente para tener la tranquilidad de que será una transacción exitosa, sino que también debe contar con liquidez para garantizar su pago. 

https://www.youtube.com/watch?v=pUMlLAX2Yfw&t=9s – La compra de sentencias le ofrece liquidez

Si está interesado en el proceso de compra de sentencias puede comunicarse con nuestras líneas telefónicas 3541552 318 328 3813 para obtener una completa asesoría por parte de nuestras profesionales. 

contrar en el siguiente link https://conactivos.com.co/2021/05/31/solucion-de-la-compra-de-sentencias/ 

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